viernes, 19 de abril de 2013

CLASES DE SOCIEDADES COOPERATIVAS


Las cooperativas pueden ser de primer grado, cuando sus socios son personas físicas o jurídicas, y de segundo o ulterior grado cuando están constituidas por dos o más cooperativas de la misma o distinta clase.
A su vez, las cooperativas de primer grado se clasifican en:
·         Cooperativas de trabajo asociado
·         Cooperativas de consumidores y usuarios.
·         Cooperativas de viviendas.
·         Cooperativas agrarias.
·         Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra.
·         Cooperativas de servicios.
·         Cooperativas del mar.
·         Cooperativas de transportistas.
·         Cooperativas de seguros.
·         Cooperativas sanitarias.
·         Cooperativas de enseñanza.
·         Cooperativas de crédito.
El número de socios fundadores ha de ser como mínimo, tres en las cooperativas de primer grado y dos en las de segundo o ulterior grado. Las aportaciones obligatorias deberán desembolsarse, al menos, en un 25 por 100 en el momento de la suscripción y el resto en el plazo que se establezca por los Estatutos o por la Asamblea General.

Integrantes: Brenda Aguilar Jimenez, Margarita Cardenas Anguiano, Itzel Gonzales Padilla, Carlos Schulte Vizcaino, Luis Maldonado Larios, Karen Conchas Mejia, Karen Sanchez Cervantes, Celeste Verduzco Rodriguez,

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